La base del presente criterio radica en observar que los máximos o mínimos locales son consecuencia de observar los siguientes hechos:
- Cuando la derivada es positiva la función crece.
- Cuando la derivada es negativa la función decrece.
- Cuando la derivada es cero la función tiene un máximo o un mínimo.
Sea f(x) una función y c un número en su dominio. Supongamos que existe a y b con a<c<b tales que:
1.- f es continua en el intervalo abierto (a,b) (de acuerdo con el teorema de Rolle)
2.- f es derivable en el intervalo abierto (a,b), excepto quizá en c;
3.- f´(x) es positiva para todo x<c en el intervalo y negativa para todo x>c en el intervalo.
Entonces f tiene un máximo local en c.
Criterio de la segunda derivada:
Sea f una función con su primera derivada definida, al menos, en un intervalo abierto conteniendo al número a. Si f´´ esta definida entonces podemos considerar los siguiente aspectos:
a).- Si f´(a)=0 y f´´(a)<0 entonces se dice que f tiene un máximo local en a.
b).- Si f´(a)=0 y f´(a)>0 entonces se dice que f tiene un mínimo local en a.
Fuentes:
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